Derecho Administrativo

Responsabilidad patrimonial de la Administración: cuándo y cómo reclamar una indemnización

Quirós Abogados · Gijón y Madrid
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La responsabilidad patrimonial de la Administración permite a los ciudadanos reclamar una indemnización cuando sufren daños como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Este sistema se basa en el principio de responsabilidad objetiva: no es necesario demostrar culpa, sino acreditar el daño efectivo, la relación de causalidad con la actuación administrativa y la ausencia de fuerza mayor. El plazo para reclamar es de un año. El procedimiento se inicia mediante reclamación administrativa y, en caso de desestimación, puede impugnarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Fundamento jurídico

La responsabilidad patrimonial de la Administración es el mecanismo que permite exigir a las Administraciones públicas la reparación económica de los daños causados a los ciudadanos por el funcionamiento de los servicios públicos. Se trata de un sistema de responsabilidad objetiva: no es necesario demostrar culpa o negligencia de la Administración, sino únicamente acreditar los requisitos legales establecidos.

Fuentes: Constitución Española, art. 106.2 · Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, arts. 32–37.

Principio de indemnidad

La responsabilidad patrimonial responde al principio de indemnidad: los ciudadanos no deben soportar daños derivados de la actuación de los poderes públicos cuando dichos perjuicios no estén jurídicamente obligados a soportar. La Administración puede actuar en beneficio del interés general, pero cuando su actividad genera perjuicios injustificados debe compensar económicamente al afectado.

Fuente: STS 1404/2016, Sala Tercera, de 14 de junio.

Requisitos para reclamar responsabilidad patrimonial

Fuente: Ley 40/2015, art. 32.

Daño efectivo y evaluable económicamente

Debe existir un daño real, efectivo y económicamente cuantificable. No basta con la mera posibilidad de daño o un perjuicio hipotético. El daño debe además ser individualizado: afectar concretamente a una persona o grupo determinado.

Relación de causalidad

Debe existir una relación directa de causalidad entre el daño sufrido y la actuación administrativa. La relación causal se rompe cuando el daño se debe a circunstancias ajenas a la Administración o a la conducta del propio perjudicado.

Fuente: STS Sala Tercera de 20 de enero de 2014.

Ausencia de fuerza mayor

La Administración no responde cuando el daño se produce por fuerza mayor: fenómenos naturales extraordinarios o acontecimientos imprevisibles que escapan al control de la Administración.

Ejemplos habituales de responsabilidad administrativa

Negligencia médica en sanidad pública

Uno de los ámbitos más comunes de reclamaciones es la responsabilidad sanitaria derivada de la actuación de hospitales públicos: errores de diagnóstico, retrasos injustificados en tratamientos o intervenciones médicas incorrectas. En estos casos puede reclamarse indemnización si se demuestra que el daño deriva del funcionamiento del sistema sanitario público.

Daños por mal estado de la vía pública

Son habituales las reclamaciones por caídas en aceras en mal estado, accidentes por señalización defectuosa o daños en vehículos por baches. Es fundamental acreditar el estado defectuoso de la infraestructura y su relación directa con el daño sufrido.

Fuente: STS 26 junio 2012 (responsabilidad por mal estado de la vía pública).

Funcionamiento anormal de servicios públicos

Otros supuestos incluyen daños derivados del transporte público, servicios de seguridad, gestión administrativa incorrecta o errores en registros o bases de datos públicos.

Procedimiento para reclamar la indemnización

La reclamación debe seguir un procedimiento administrativo específico antes de acudir a los tribunales. El primer paso es presentar una reclamación administrativa ante la Administración responsable del daño, incluyendo identificación del reclamante, descripción de los hechos, acreditación del daño, relación causal y cuantificación de la indemnización solicitada. Es recomendable aportar pruebas: informes médicos, fotografías, informes periciales.

Durante la instrucción, la Administración puede solicitar informes técnicos, periciales o médicos, y dar audiencia al interesado. Finalmente dicta resolución reconociendo la responsabilidad o desestimando la reclamación. Si la resolución es negativa, puede impugnarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Plazo para reclamar responsabilidad patrimonial

El derecho a reclamar prescribe en el plazo de un año desde que se produce el daño, o desde que se manifiestan sus efectos. En daños personales, especialmente en el ámbito sanitario, el plazo suele computarse desde la estabilización de las secuelas.

Fuente: Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 67.

Cuantificación de la indemnización

La indemnización debe cubrir la totalidad de los daños y perjuicios: daños materiales, daños personales, perjuicios económicos y lucro cesante. En algunos casos se utilizan baremos indemnizatorios, especialmente en materia de daños personales. La prueba pericial es clave para determinar el importe: sirve para acreditar la existencia del daño, su relación con la actuación administrativa y la valoración económica del perjuicio.

Jurisprudencia relevante

El Tribunal Supremo ha consolidado la responsabilidad patrimonial como sistema de responsabilidad objetiva, siempre que se acrediten el daño, la relación de causalidad y la ausencia de fuerza mayor. Ha señalado además que la responsabilidad exige que el daño sea antijurídico, es decir, que el perjudicado no tenga el deber jurídico de soportarlo.

Fuentes: STS 1404/2016, Sala Tercera, de 14 de junio · STS Sala Tercera de 25 de septiembre de 2012 · STS 25 enero 2017 (responsabilidad patrimonial sanitaria).

Preguntas frecuentes

¿Se puede reclamar por daños causados por una mala actuación sanitaria pública?
Sí. Cuando el funcionamiento del servicio sanitario público provoca un daño que el paciente no tiene el deber jurídico de soportar, puede reclamarse indemnización por responsabilidad patrimonial.
¿Es obligatorio reclamar primero ante la Administración?
Sí. Antes de acudir a los tribunales es necesario presentar una reclamación administrativa ante la Administración responsable del daño.
¿Qué ocurre si la Administración no responde?
Si transcurre el plazo legal sin resolución expresa se produce silencio administrativo, lo que permite acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para impugnar la desestimación presunta.
¿Se necesita abogado para reclamar?
En la fase administrativa no siempre es obligatorio, pero resulta altamente recomendable. Si el asunto llega a la jurisdicción contencioso-administrativa, normalmente será necesario actuar con abogado y procurador.

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