Comunicación de Créditos/ Quirós Abogados

A fin de facilitar la comunicación electrónica de los créditos en los concursos de acreedores en los que algún miembro del Despacho es Administrador Concursal se pone a disposición de éstos el siguiente formulario de comunicación electrónica que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 85 de la Ley Concursal:

Datos del Procedimiento:

Datos del Acreedor:

Representante del acreedor:

Crédito que se reclama:

Calificación pretendida del crédito:

1 Indicar el Organismo o entidad ante el que se ha reclamado (Juzgado, agencias
  de consumo, ayuntamiento...etc.)

2 Aportar copia de los títulos originales de la garantía.

El detalle del saldo y de las condiciones anteriores viene relacionado en listado individualizado y detallado por cuantía que se acompaña en el siguiente ANEXO I y se complementa con extracto o mayor de la contabilidad que explica y justifica el saldo pendiente ANEXO I.

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